jueves, marzo 14, 2013

El Congreso convirtió ayer en ley el proyecto que crea un régimen laboral para las empleadas domésticas,


El Congreso convirtió ayer en ley el proyecto que crea un régimen laboral para las empleadas domésticas, a las que se les reconocerán los mismos derechos de los que goza el resto de los trabajadores, como vacaciones pagas, licencia por maternidad y por enfermedad, indemnización por despido, y una jornada de trabajo de 48 horas semanales como máximo.
La iniciativa, enviada al Congreso por la presidenta Cristina Kirchner hace tres años, fue aprobada por la Cámara de Diputados, en una votación unánime. El proyecto, que había sido aprobado ya por la Cámara baja en 2011, pero que debió debatirse nuevamente por reformas que introdujo el Senado el año pasado, recibió 206 votos a favor y ninguno en contra.
“Esta ley le da a las trabajadoras de casas particulares la categoría de trabajadoras, con los mismos derechos que cualquier otro trabajador”, sostuvo el presidente del bloque kirchnerista, Agustín Rossi.
“Es una norma que erradica un régimen arcaico e injusto y avanza para que estas trabajadoras tengan los mismos derechos que los demás. Pero, esta norma quedará en letra muerta si no es acompañada por los esfuerzos correspondientes para plasmar estos derechos en la realidad”, advirtió Liliana Fadul, del Partido Federal Fueguino.
La nueva norma, que según las estimaciones oficiales alcanza a un millón de trabajadoras, se aplica a empleadas con cama adentro como a quienes trabajan por hora, tengan uno o más empleadores. Todas ellas tendrán, entre otras cosas, derecho a vacaciones pagas, que serán de 14 días hasta los cinco años de antigüedad, y hasta de 35 días después de los 20 años de antigüedad.
En caso de enfermedad, el empleador deberá pagar esa licencia, que puede ser de hasta tres meses, si la empleada tiene menos de 5 años de antigüedad, y de hasta seis si supera esa cantidad. También podrán gozar de licencias pagas por nacimiento de un hijo, matrimonio, muerte de un familiar, o para rendir exámenes de estudios. La licencia por embarazo será igual que la del resto de las trabajadoras. Además, queda prohibido el despido durante el embarazo.
La jornada laboral no podrá ser mayor a las 8 horas diarias ni a las 48 semanales. Las empleadas tendrán derecho a un descanso de 35 horas corridas por semana, a partir del sábado, a las 13. Las trabajadoras con cama adentro, deberán gozar de un reposo diario de 9 horas consecutivas, como mínimo, y de tres horas entre las tareas matutinas y vespertinas. También tendrán derecho a una habitación privada, amueblada e higiénica.
El salario mínimo lo fijará una comisión que se creará en el ámbito del Ministerio de Trabajo. Mientras tanto, será la cartera laboral la que fije esa remuneración básica. En los casos de despido sin causa, la empleada gozará de una indemnización igual a la que recibe el resto de los trabajadores, de un mes de salario por cada año de antigüedad. Las horas extras se deberán pagar con plus de un 50% los días laborales y con uno del 100% los domingos y feriados.
Nuevos derechos
La iniciativa reglamenta horarios y beneficios
Jornada laboral
Tendrá un máximo de 48 horas semanales. El descanso nocturno para empleada cama adentro será de 9 horas y diurno, de 3.
.Regularización
Los empleadores de contratadas antes de esta la ley, tienen 180 días para regularizar la situación.
Fuente: La Nacion
http://www.lanacion.com.ar/1562908-nuevo-regimen-laboral-para-empleadas-domesticas